Formulario oficial maternidad, Hacienda podría sancionar a quien presente la solicitud de devolución en el formulario no oficial
Formulario oficial maternidad, descubre en este post toda la información que necesitas.
Hacienda retrasará la devolución del IRPF por maternidad a las madres que están reclamando el dinero con los formularios no oficiales que han comenzado a circular por Internet en los últimos días. Es el criterio que ha trasladado a las delegaciones de la Agencia Tributaria que, sin embargo, si están aceptando los impresos que se presentan.
Ha transcurrido casi un mes desde el varapalo del Tribunal Supremo a Hacienda con el IPRF por maternidad. Sin embargo, las madres que tienen decidido reclamar los 1.000 euros de media que les retuvieron por su baja desde el año 2014 todavía no tienen claro cómo hacerlo.
Hay que recordar ahora que la web de la Agencia Tributaria publicó, días después de conocerse la sentencia del Alto Tribunal, un formulario para que los contribuyentes pudieran solicitar la devolución de las retenciones practicas en el IRPF por el permiso maternal.
En aquel momento, Hacienda explicó oficialmente que la publicación del impreso digital se produjo por “error”. La filtración del plan de la Agencia Tributaria, adelantado esos días por ECD, para retrasar dos años el pago al millón de madres afectadas provocó un terremoto en el Ministerio y una rectificación de la decisión inicial.
Fuentes internas del organismo atribuyeron el fallo a la “improvisación de la medida”, después de darse a conocer las intenciones del Gobierno, que desataron fuertes protestas de los diversos colectivos afectados.
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Colapso de las delegaciones de Hacienda debido al Formulario oficial maternidad
Desde entonces, la prioridad de Hacienda era tramitar las reclamaciones, pero evitando en todo momento que las oficinas de la Agencia Tributaria se colapsaran. Por ello, la vía telemática se imponía como la solución más ágil para reembolsar el dinero.
En cambio, según las fuentes consultadas, la filtración de un nuevo formulario para reclamar el dinero retenido indebidamente ha provocado el efecto contrario.
De nuevo, Hacienda ha advertido de que se trata de un documento de trabajo y que puede no ser el definitivo. Pero el primer formulario publicado por “error”, y el que ha comenzado a circular en los últimos días, comparten muchas similitudes.
Por eso, fuentes de varias delegaciones de la Agencia Tributaria confirman a ECD que las afectadas han decidido a rellenar los impresos y presentarlos en las oficinas de toda España, comenzando a provocar cierto “colapso”. Justamente lo que Hacienda quería evitar.
Reclamaciones con un formulario no oficial, espera al Formulario oficial maternidad
Pero las afectadas que están utilizando este impreso que la Agencia Tributaria no da por bueno serán las últimas en recibir el dinero. Así lo advierten a Confidencial Digital fuentes internas de Hacienda.
El motivo es que, cuando se ponga en marcha el sistema ágil de tramitación de reclamaciones que el Ministerio todavía está ultimando, las madres que hayan presentado la solicitud a través de un formulario no oficial pasarán al procedimiento ordinario, por lo que automáticamente verán retrasado el cobro de la devolución..
Sale a la luz el formulario para reclamar el IRPF de la prestación por maternidad
La Agencia Tributaria ha elaborado el primer borrador para pedir la devolución de las prestaciones de IRPF por baja maternal. No obstante, este borrador podría no ser el definitivo, puesto que su publicación no es oficial todavía.
A principios de este mes, el Tribunal Supremo zanjó la polémica de las prestaciones por maternidad tras sentenciar que quedarían exentas en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF).
Ahora se ha revelado el borrador del formulario en el que se podrá reclamar la devolución de las prestaciones que se quedó Hacienda desde 2014.
Este borrador especifica que en el caso de que las rentas fueran percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de cada año, sostiene el documento al que ha tenido acceso dicho diario.
El demandante no tendrá que incluir ningún distintivo o certificado de la Seguridad Social acreditativo sobre las prestaciones por maternidad, porque en cada caso la Agencia Tributaria recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento, señala el documento filtrado.
En el caso de que se traten de rectificación de declaraciones que hayan sido desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia, la persona tendrá que acogerse a lo que se le haya especificado en ese momento. Si el todavía recurso se encuentra pendiente de resolución, será el correspondiente órgano el que se pronuncia sobre la aplicación al caso de la doctrina del Tribunal Supremo», reza el borrador.
Mientras que si la resolución desestimatoria de la solicitud de rectificación de la declaración hubiera adquirido firmeza, no será susceptible de revisión en ninguna instancia, señala textualmente el documento.
Sobre las prestaciones públicas por maternidad percibidas durante este año, en la próxima campaña de renta la Agencia Tributaria ofrecerá los datos fiscales añadiendo esas prestaciones como rentas exentas y las retenciones que haya soportado serán «plenamente deducibles».
De este modo, la operativa para el contribuyente será como la de otros años: «El contribuyente solo tendrá que confeccionar y presentar su declaración utilizando los datos fiscales que se le ofrezcan».
¿Quién puede reclamar?
Más de un millón de contribuyentes podrán reclamar a Hacienda los 1.300 millones de euros que han abonado de sus prestaciones de maternidad en el IRPF entre los ejercicios de 2014 y 2017.
Por lo tanto, las madres que hayan tributado por las prestaciones de maternidad, de 2014 a 2017, ambos inclusive, podrán rellenar este documento para obtener la devolución de los ingresos indebidos con los intereses de demora incluidos.
Las prestaciones recibidas en los ejercicios anteriores a 2014 no se podrán beneficiar de la sentencia del Tribunal Supremo al prescribir el plazo de cuatro años que da ley a los contribuyentes para rectificar la Declaración de la Renta.
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